Convenios fiscales bilaterales en Luxemburgo
Más de 80 convenios para evitar la doble imposición
Luxemburgo dispone de una red excepcional de convenios fiscales bilaterales (CDI) con la mayoría de países socios comerciales. Estos acuerdos reducen o eliminan las retenciones en origen sobre flujos transfronterizos (dividendos, intereses, cánones).
Métricas clave
Nuestros expertos fiscales le ayudan a estructurar su optimización en estricto cumplimiento del derecho luxemburgués y los estándares OCDE/BEPS.
Hablar con un fiscalistaVentajas clave
- Reducción significativa de retenciones (dividendos, intereses, cánones)
- Eliminación del riesgo de doble imposición jurídica
- Acceso a procedimiento amistoso en conflictos fiscales internacionales
- Cobertura de 80+ principales países socios de Luxemburgo
- Complemento natural al régimen SOPARFI
- Base conforme al modelo OCDE (MLI BEPS)
Condiciones de cualificación
- Ser residente fiscal luxemburgués en el sentido del convenio
- Ser beneficiario efectivo de los ingresos
- Respetar cláusulas anti-abuso (PPT, LOB desde MLI)
- Proporcionar certificado de residencia a la administración extranjera
- Sustancia económica real (test de objeto principal)
- Documentación transfer pricing para flujos intragrupo
Para quién está destinado este régimen
Cánones recibidos de una filial india
Una sociedad luxemburguesa recibe 2 M EUR anuales de cánones de una filial operativa en India. Retención local estándar: 20%.
400.000 EUR retenidos en origen
200.000 EUR retenidos
200.000 EUR
El convenio fiscal entre Luxemburgo e India reduce la retención sobre cánones del 20% al 10%. El certificado de residencia luxemburgués y la prueba de beneficiario efectivo deben presentarse a las autoridades indias.
Base legal y conformidad OCDE
Modelo OCDE e Instrumento Multilateral
Luxemburgo firmó el Instrumento Multilateral (MLI) BEPS, que modifica automáticamente sus convenios fiscales para integrar cláusulas anti-abuso (PPT, LOB). El acceso a beneficios convencionales ahora requiere test real de sustancia económica.
PANORAMA REGIONAL
Detalle de los convenios por región geográfica
Análisis país por país de los convenios fiscales firmados por Luxemburgo. Cada región ofrece sus propias particularidades en materia de retención en origen, directivas aplicables y mecanismos antiabuso.
Región 1 de 4
Europa
Luxemburgo cubre la totalidad de la Unión Europea a través de sus convenios fiscales bilaterales, complementados por la directiva matriz-filial y la directiva intereses-cánones. Casi todos los flujos de dividendos y cánones entre un grupo luxemburgués y sus filiales de la UE circulan con una retención del 0 %.
- Directiva matriz-filial: 0 % de retención sobre dividendos (participación ≥ 10 % o 1,2 M€)
- Directiva intereses-cánones: 0 % de retención entre sociedades asociadas de la UE
- Red ampliada a Suiza, Reino Unido y Noruega mediante acuerdos bilaterales
- Acceso a procedimientos amistosos y arbitraje obligatorio según la directiva UE 2017/1852
Países representativos
- FRFrancia0 %
- DEAlemania0 %
- BEBélgica0 %
- NLPaíses Bajos0 %
- CHSuiza5 %
+30 países europeos
Región 2 de 4
Oriente Medio y África
Luxemburgo ha firmado convenios con la mayoría de los países del Golfo y del norte de África, ofreciendo un puente fiscal único entre Europa y estos mercados. Las sociedades holding luxemburguesas sirven habitualmente como vehículos de inversión para fondos soberanos y grupos industriales de la región.
- Centro financiero preferido para los fondos soberanos del Golfo
- Retención sobre dividendos limitada al 0 % o al 5 % en la mayoría de los CDI
- CDI Luxemburgo-EAU firmado en 2005: 0 % de retención sobre dividendos cualificados
- Acceso a las zonas francas (DIFC, ADGM, Qatar Financial Centre) mediante estructuras LU
Países representativos
- AEEAU0 %
- QACatar0 %
- SAArabia Saudí5 %
- MAMarruecos10 %
- TNTúnez5 %
+12 convenios
Región 3 de 4
Asia-Pacífico
Los convenios con China, Japón, Singapur y Hong Kong posicionan a Luxemburgo como puerta de entrada europea para las inversiones asiáticas. Los fondos luxemburgueses (SICAV, UCITS) gozan de un amplio reconocimiento en la región.
- CDI Luxemburgo-China: 5 % de retención sobre dividendos cualificados, 10 % sobre cánones
- Hong Kong: sin retención sobre dividendos, complementado por el CDI LU-HK
- UCITS luxemburguesas ampliamente distribuidas en Singapur, Taiwán y Japón
- Corea del Sur: cláusulas MLI BEPS que refuerzan la sustancia económica requerida
Países representativos
- CNChina5 %
- JPJapón5 %
- SGSingapur5 %
- HKHong Kong0 %
- KRCorea del Sur5 %
+15 convenios
Región 4 de 4
Américas
Luxemburgo dispone de convenios con las principales economías de las Américas, incluidos Estados Unidos, Canadá, Brasil y México. Estos acuerdos facilitan los flujos transatlánticos de dividendos, intereses y cánones para los grupos estructurados a través de una SOPARFI.
- CDI Luxemburgo-EE. UU.: 5 % de retención sobre dividendos con cláusula de limitación de beneficios (LOB)
- Convenios modernizados mediante el Instrumento Multilateral (MLI) BEPS de la OCDE
- Brasil: 15 % de retención sobre dividendos, con aplicación del tipo convencional
- Canadá y México: plataforma privilegiada para estructurar los flujos NAFTA-Europa
Países representativos
- USEE. UU.5 %
- CACanadá5 %
- BRBrasil15 %
- MXMéxico5 %
- ARArgentina10 %
+8 convenios
Despídase de
Preguntas frecuentes
¿Dónde encontrar la lista de convenios de Luxemburgo?
La lista oficial se publica en impotsdirects.public.lu. Cubre más de 80 jurisdicciones, incluyendo todos los países UE, EE.UU., China, Japón, Suiza y principales países africanos y latinoamericanos.
¿Cómo probar beneficiario efectivo?
El beneficiario efectivo debe demostrar que posee los ingresos por cuenta propia (no como agente o conducto). En la práctica: sustancia económica, gobernanza local, autonomía decisoria, ausencia de obligación de redistribución automática.
¿Cuál es el impacto del Principal Purpose Test (PPT)?
Desde el MLI, puede denegarse el acceso al convenio si obtener el beneficio era uno de los objetos principales del arreglo. Sustancia económica sólida y razones comerciales válidas son esenciales.
¿Se aplican los convenios fiscales a fondos de inversión?
Depende del país y vehículo. Algunos convenios reconocen fondos luxemburgueses (SICAV, FCP) como elegibles, otros no. RAIF y SIF tienen estatus variable según jurisdicciones socias. Análisis caso por caso requerido.
Otros regímenes de optimización
Explore los demás mecanismos fiscales luxemburgueses disponibles.
SOPARFI
Más utilizadoArt. 166 LIREl vehículo holding luxemburgués más utilizado en Europa
IP Box
Art. 50ter LIRTipo efectivo de aproximadamente 5% sobre ingresos de propiedad intelectual
Integración fiscal
Art. 164bis LIRConsolide fiscalmente un grupo y compense pérdidas entre entidades
RAIF
Ley de 23 de julio de 2016Estructuración rápida y flexible para inversores cualificados
Consulta vinculante
§ 29a AO (procedimiento)Asegure al 100% el tratamiento fiscal de sus operaciones
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